El Congreso del Estado incorporó en el Código Penal del Estado de Chihuahua el delito de pederastia.
Los diputados en el Pleno votaron a favor el dictamen con carácter de decreto que presentó la diputada Margarita Blackaller Prieto, para reformar el artículo 105, segundo párrafo y adicionar el artículo 179 Bis, ambos del Código Penal del Estado de Chihuahua.
Blackaller Prieto destacó la importancia de contemplar dentro de la legislación sustantiva penal, el delito de pederastia, de manera enunciativa, para visibilizar el problema que existe actualmente en el estado.
Antes de la aprobación, Blackaller Prieto expuso que Chihuahua es una de las entidades del país que presenta mayor incidencia en delitos sexuales, aunado a que según datos de la Fiscalía General del Estado y el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el 50 por ciento de víctimas, son personas que no alcanzan la mayoría de edad.
Consideró que es necesario visibilizar el problema y agregó que la pederastia se define como toda conducta en la que una persona menor de dieciocho años es utilizada como objeto sexual por parte de otra persona con la que mantiene una relación de desigualdad.
Esa relación desigual se puede presentar en cuanto a la edad, la madurez o el poder que el agresor mantiene sobre la víctima.
La legisladora señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado en diversas ocasiones, que es primacía salvaguardar el interés superior de la niñez.
“Los delitos de esta naturaleza, causan grandes daños a las niñas, niños y adolescentes; llegando a sufrir miedo, problemas para dormir, pesadillas, confusión, sentimientos de culpa, vergüenza, ira, baja autoestima, entre otras circunstancias”, expresó.
Indicó que el daño se incrementa cuando es alguien cercano quien realiza la conducta delictiva, ya que las víctimas pierden la confianza en la persona que debe protegerlas o que visualizan como una figura que brinda seguridad, creando una sensación de indefensión.