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Votación en el Senado para eliminar el fuero presidencial

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El presidente ya podrá ser enjuiciado; adiós al fuero

Se acabó la inmunidad y la impunidad presidencial en México; el Senado de la República invalida fuero constitucional, vigente desde hace 163 años

Por Salvador Esparza G. | Norte Digital | 4:35 pm 16 diciembre, 2020

El Congreso mexicano finalmente validó la reforma a la Constitución en particular a los artículos 108 y 111, con lo cual queda eliminado el fuero a favor del presidente de México. La prerrogativa concedida al jefe del Poder Legislativo federal era sinónimo de inmunidad e impunidad presidencial.

La iniciativa la envió el presidente Andrés Manuel López Obrador. Ya se había aprobado el 26 de noviembre por la Cámara de Diputados, y finalmente el Senado de la República validó la reforma.

Al emitir la declaratoria, la Cámara alta consideró que -en lo sucesivo- “el presidente podrá ser juzgado por todos aquellos delitos por los que se enjuicia a un ciudadano común”.

“Quiero agradecer mucho a los legisladores, porque se aprobó la iniciativa que enviamos para quitar el fuero presidencial”, dijo el presidente AMLO.

“Esto es un hecho histórico. No se podía juzgar al presidente en funciones por cualquier delito, solo por traición a la patria. Ahora se podrá juzgar al presidente por cualquier delito, como cualquier ciudadano”, añadió.

Fuero, un legado de 1857

El fuero presidencial se incluyó en la Constitución de 1857, y luego se mantuvo en la de 1917, y hasta hoy se elimina.

La reforma también se validó una vez que la mayoría de los 32 congresos de los estados mexicanos avalaron su eliminación.

De acuerdo con el Senado, se requería de la aprobación de 17 congresos estatales para validar las modificaciones constitucionales.

Las Legislaturas estatales que avalaron las reformas al 108 y 111 constitucional fueron:

Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Estado de México, Guerrero, hidalgo, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Yucatán, Zacatecas y CDMX.

Tras aprobarse y validarse por el Senado y la Cámara de Diputados, se podrá imputar y juzgar al presidente por traición a la patria, corrupción, delitos electorales y todos aquellos a los que se enjuicia a cualquier ciudadano.

Para proceder penalmente, solo se podrá hacer ante el Senado.

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