La juez Sexto de Distrito Laura Coria Martínez resolvió su situación jurídica sujetándolos a proceso penal sin derecho a la libertad caucional por tratarse de un delito grave.
De acuerdo con la denuncia presentada por Pedro Zaragoza Fuentes, éstos comercializaron y distribuyeron productos lácteos de la marca “Gota Blanca”, que pertenece al grupo empresarial y tiene los derechos para distribuir y comercializar el producto.
Los representantes legales de Pedro Zaragoza Fuentes dijeron que existe un daño patrimonial de unos 400 millones de pesos por el tiempo en que utilizaron de manera ilegal la marca Gota Blanca.
Ambos empresarios se encuentran presos en San Luis Potosí desde la semana pasada cuando agentes de la PGR les ejecutaron una orden de aprehensión en el aeropuerto de la ciudad de Chihuahua.
Evidentemente la detención de estos empresarios obedece al problema y diferencias que han mantenido por años los hermanos Pedro y Jorge Humberto Zaragoza Fuentes, por las propiedades y bienes que heredaron de su padre, Pedro Zaragoza Vizcarra.
Existen diversos negocios lecheros para la pasteurización, distribución y venta de leche en donde participan no sólo los hermanos Pedro y Jorge Zaragoza Fuentes, sino que también tienen participación accionaria Rómulo Escobar Valdez, Yolanda Escobar Valdez y el algunos de ellos Mario Fuentes Varela y Evangelina Zaragoza López de Fuentes.
Mientras tanto los dos empresarios juarenses permanecerán detenidos ya que se se les acusa de violar la Ley de la Propiedad Industrial en su Artículo 223 Fracción III por producir, almacenar, transportar, introducir al país, distribuir o vender, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta ley, así como aportar o proveer de cualquier forma, a sabiendas, materias primas o insumos destinados a la producción de objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley De acuerdo con esta ley en su Artículo 224 dice que de ser encontrados culpables se les impondrán de 3 a 10 años de prisión y multa de mil a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y es considerado como grave de acuerdo con el Artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.
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