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Desechan dos demandas de juicio político contra Corral, pero aceptan la de Sepúlveda

La Comisión Jurisdiccional tiene siete días para determinar si procede o no la demanda del exmagistrado

Por Alejandro Salmón | Norte Digital | 5:08 pm 7 septiembre, 2022

La Comisión Jurisdiccional del Congreso del Estado dio entrada a una de las causas de juicio político en contra del ex gobernador Javier Corral Jurado.

Sin embargo, en la misma sesión, también desechó dos, las que había presentado el abogado Gerardo Cortinas Murra, que incluía al entonces secretario de Hacienda, Arturo Fuentes Vélez.

En este caso, la citada Comisión consideró que el quejoso no aportó pruebas para dar seguimiento a los expedientes CJ/JP/003/2022 y CJ/JP/004/2022, donde denunciaba  presuntos actos y omisiones cometidos durante el desempeño de sus cargo.

La que sí tomó curso fue la del exdiputado y exmagistrado del Tribunal Supremo de Justicia, Gabriel Sepúlveda Reyes, quien acusó a Javier Corral de invadir funciones del Poder Judicial.

Acerca del inicio del procedimiento, el diputado Gabriel García Cantú (PAN), presidente de la citada Comisión, afirmó que se está actuando “conforme a la Ley”.

En ese sentido, comentó que primero se revisará si la denuncia cumple con los requisitos para entrar en el estudio, análisis y, en su caso, determina su procedencia.

La admisión de la denuncia de Sepúlveda Reyes se aceptó por mayoría de votos de los integrantes de la Comisión Jurisdiccional.

García Cantú señaló que el procedimiento de admisión se llevó a cabo conforme a lo planteado en la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado de Chihuahua.

De tal forma,  la Comisión Jurisdiccional determinará en un plazo no mayor a quince días, si amerita comenzar el procedimiento y una vez satisfechos los requisitos, sería acordado el inicio del mismo.

Conforme a lo estipulado en la Ley referida, el procedimiento de juicio político solo podrá iniciarse durante el período en que la persona desempeñe su encargo, y dentro de un año después

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