Desde enero de 2025 hasta el cierre de agosto de 2026, un total de 17 niños han sido abandonados por sus padres en esta frontera, principalmente en hospitales, confirmó Jesús Rodolfo Villa Rivera, subprocurador de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes y demás personas sujetas de asistencia social del Distrito Judicial Bravos del estado de Chihuahua.
En fechas recientes, el DIF Estatal ha publicado varias pesquisas con las cuales se busca localizar a los familiares de menores que fueron abandonados, principalmente en el Hospital de la Mujer.
Como lo explica, el origen de esta situación se da, principalmente, debido a las adicciones por parte de los padres, especialmente cuando son jóvenes, quienes acuden al Hospital de la Mujer a dar a luz, pero se retiran dejando a sus bebés abandonados.
Villa Rivera detalla que en los hospitales de la ciudad esta conducta se da principalmente entre adolescentes, aunque también se han registrado casos de mujeres adultas que dejan a sus bebés debido a que padecen problemas de adicción.
“Lo último siempre es la tutela pública. Tenemos que buscar que los niños estén al cuidado de sus padres o de su familia extensa o de alguna persona de confianza, pero si no se logra, se tiene la opción de la adopción”, explica.
Asegura que el problema que se tiene es que los padres no comparecen ante la Subprocuraduría para someterse al procedimiento administrativo, en el cual se les da seguimiento enviándolos a terapias psicológicas y contra las adicciones.

Sin embargo, a veces no comparecen los padres, sino los abuelos paternos o maternos y en muchos casos se detecta una situación de adicciones en ambas familias, lo cual imposibilita regresarle al bebé su derecho a vivir en familia.
“Si tanto los padres como los abuelos y la familia extensa no comparecen, nosotros hacemos pesquisas para ver si podemos encontrar familiares, incluso en otro municipio del estado o fuera de él y hemos logrado integrar a algunos niños; cuando no comparece nadie, lo que hacemos es la declaratoria de desamparo”, explica.
Esta declaratoria la tiene que confirmar un tribunal, tras lo cual se pasa el expediente al área de Representación y al término de los plazos legales para la investigación (30 a 60 días), se envía al Jurídico para que inicie el procedimiento de pérdida de patria potestad.
Sin embargo, el procedimiento es largo, pues se obliga por parte de la Subprocuraduría a hacer notificación a los padres del bebé abandonado, a sus abuelos y familia extensa, a través de notificación directa o de edictos. Cuando el Juzgado Familiar realiza todo el trámite, se determina si el niño es susceptible de adopción.
Inclusive, el menor puede ser entregado a una familia preadoptiva que previamente ha sido sometida a un procedimiento y cumple todos los requisitos que marca la Ley de Adopciones del Estado de Chihuahua.
Según el artículo 35 de dicha ley, “tiene capacidad legal para adoptar, toda persona mayor de veinticinco años, en pleno ejercicio de sus derechos; ya sean cónyuges, concubinos o libres de matrimonio, siempre que quien adopte tenga quince años o más que la persona que se pretenda adoptar”.
Anteriormente, solo podían adoptar los matrimonios integrados por hombre y mujer, pero ahora pueden hacerlo parejas del mismo sexo.
Los requisitos que deben cumplir los adoptantes aparecen listado en el artículo 36 de la ley en mención y hacen referencia a tener medios bastantes para proveer a la subsistencia, educación, salud, seguridad social, vivienda con calidad, espacios y servicios básicos.
Asimismo, señala que se debe asegurar que la adopción es benéfica para la persona que trata de adoptar, atendiéndose en todo momento al interés superior de la niñez; ser persona apta y adecuada para adoptar; acreditar no haber recibido condena por algún delito contra la vida, salud personal, libertad, intimidad, seguridad sexual, la familia o de maltrato.
Además, es requisito carecer de enfermedades degenerativas o incapacitantes graves, enfermedades crónicas que requieran condiciones de vida especiales o enfermedades graves ya tratadas que puedan reproducirse y que vulneren el desarrollo integral del menor.
Cumplidos todos los requisitos, se puede entregar el niño a sus padres adoptivos. Todos los casos de adopciones deben ser revisados por el Magistrado de lo Familiar; es decir, cuando el juez resuelve en primera instancia, el Magistrado debe ratificar que la sentencia está acorde a derecho. Una vez adoptado el menor, se le da seguimiento hasta por cinco años.
“El procedimiento de adopción es muy sencillo, el problema es el proceso de pérdida de Patria Potestad. Ya habiendo cumplido con todos los requisitos de pérdida de patria potestad, el proceso de adopción no debe durar más de seis meses”, asegura.
Actualmente, en Juárez hay entre 30 y 40 niños susceptibles de adopción y aunque parece una cifra baja, explica el subprocurador, es alta porque no debería haber ningún niño en tales circunstancias.
“Me da tristeza ver que hoy se cuida más a un perrito que a los hijos. Pareciera que hay más importancia por los animalitos que por los mismos niños. Es triste que a veces la Fiscalía dice que hay omisión de cuidados y una supuesta violación a un niño por parte del padrastro y que la madre no judicializa, no inicia ningún procedimiento y lo tenemos que iniciar nosotros”, comenta.
Otro aspecto preocupante, indica, es que cuando la madre es adicta, los niños heredan un problema de adicción y muchos, además, nacen con sífilis, por lo que requieren atención especializada para poder salir adelante de estos problemas médicos.
Sobre las pesquisas que se difundieron recientemente para localizar a los padres de niños abandonados, explicó el subprocurador que están en espera de la respuesta que pudieran tener tales pesquisas antes de determinar si se pasan a desamparo e iniciar el proceso de pérdida de patria potestad.
“Son varios casos. Hubo dos niños por los cuales ya nos compareció familia y ahora estamos en los procesos administrativos para ver si nos salen viables y poder restituirle al bebé los derechos a estar bajo el cuidado de su familia”, aseguró.
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