Casi la mitad de las pequeñas y medianas empresas juarenses no están listas para pagar utilidades a sus empleados.
De acuerdo con un sondeo entre agremiados de Canacintra, el 44 por ciento de las empresas no están listas para cumplir con su obligación laboral.
“El pago de las utilidades es algo que no todos tienen resuelto. La situación sigue siendo muy complicada. La mayoría se mantienen todavía recuperándose de los últimos dos años”, apuntó el presidente local de la agrupación empresarial, Jesús Manuel Salayandía Lara.
Otro dato que resalta este año es que el 15 por ciento de las pequeñas empresas en Juárez no reportaron utilidades este año. Mientras que el 37 por ciento aseguró que pagará menos utilidades que el año pasado.
Una tercera parte de las empresas ya previó el gasto del pago a sus trabajadores; sin embargo, el 35 por ciento todavía no sabe de dónde sacará el recurso.
La misma encuesta indica que más de la mitad de las empresas esperarán hasta el último día para pagar las utilidades o negociarán.
“En estos dos años ningún Gobierno se ha enfocado a darle apoyo a estas las Pymes que constituyen más de 95 por ciento de la fuerza económica del país”, resaltó el dirigente.
En el país, los trabajadores tienen derecho de recibir una parte de las utilidades generadas por la empresa donde laboran. Se reparte el 10 por ciento sobre la renta gravable que haya manifestado la empresa en su declaración anual.
Es importante entenderlo, ya que algunas veces los trabajadores saben que la empresa ganó dinero y alcanzó sus objetivos; pero cuando llega el momento, resulta que no hay utilidades porque se hicieron nuevas inversiones en el negocio.
Los sujetos obligados a repartir utilidades son las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo; en general, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio.
En el caso de los trabajadores que laboran para una empresa, el pago se debe entregar antes del 30 de mayo; mientras que los trabajadores que lo hacen para una persona física, la deberán recibir antes del 29 de junio.
No todas las empresas tienen que pagar utilidades, ya que la Ley contempla algunas excepciones. Entre ellas, las de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; las mineras nuevas durante el periodo de exploración; las instituciones de asistencia privada sin fines de lucro; además de empresas cuyo anual declarado para el impuesto sobre la renta no sea mayor a 300 mil pesos, entre otras.
Para cobrarlas, los trabajadores en activo tienen un plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación para la empresa. Para los extrabajadores, el término de un año comienza a partir del día siguiente en que deban pagarse las utilidades.
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